D-1015-09
20.3.09
PROYECTO DE RESOLUCIÓN

La Honorable Cámara de Diputados de la Nación

RESUELVE

Dirigirse al Poder Ejecutivo para que, a través de la Secretaría de Comunicaciones y la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CNC) se sirva informar:

1. Cuáles han sido las propiedades que Telefónica de Argentina y Telecom han vendido desde que ambas empresas se hicieron cargo del servicio público de telecomunicaciones.
2. Si todas las ventas han sido autorizadas por la Autoridad Regulatoria y, en caso de haberlo sido, los motivos puntuales que justificaron cada caso, de acuerdo a lo previsto en el punto 13.11.2 del decreto 62/90.
3. Si tiene conocimiento de las órdenes de Telefónica de Argentina y de Telecom de cotizar y poner a la venta edificios y oficinas de su propiedad.
4. Cuáles son los motivos por los que ha autorizado la venta por parte de Telecom del Telepuerto Martínez, las oficinas del Ex Edificio Psinet y la Tosquera de Quilmes.
5. Si ha sido autorizada por la CNC la puesta en venta los Edificios 24 de Noviembre, ubicado en la calle 24 de noviembre 40 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del Predio Don Bosco, de 99 hectáreas ubicado en Lomas de Zamora 252, Don Bosco por parte de la Empresa Telefónica de Argentina.
6. Si las mismas han sido autorizadas, informe además los motivos por los cuales la Autoridad Regulatoria ha permitido las mismas.
7. Informe cuáles son los criterios por los que se evalúa y autoriza la venta de propiedades que deberían retornar a manos del Estado cuando finalice el contrato de concesión.


FUNDAMENTOS


El servicio público de telecomunicaciones ha sido concesionado hace ya varios años a las empresas Telefónica de Argentina y Telecom. Y de acuerdo a distintos relevamientos vemos con cierta preocupación las ventas y puestas en venta de edificios emblemáticos y de gran valor comercial que dichas empresas han llevado y están llevando a cabo. Asimismo, distintos informes privados contratados por dichas empresas indican la conveniencia de la venta de edificios y oficinas de gran valor inmobiliario.

Las modificaciones tecnológicas para prestar el servicio han puesto o pueden poner en disponibilidad algunos edificios cuyo valor histórico e inmobiliario puede ser usufructuado por las empresas licenciatarias. De esta manera, de acuerdo a informes de los trabajadores de Telefónica de Argentina, en el mes de junio del año 2008, por orden de su Presidente, la empresa ordenó cotizar la mudanza de centrales ubicadas en zonas de alto valor inmobiliario a predios de menor valor para poner en venta dichas propiedades. Los edificios, en esta primera instancia, serían Central Avenida ubicado en Defensa 143, Edificio República ubicado en Corrientes y Maipú, Central Juncal, ubicado en Arenales 1540/48 y Central Caballito ubicado en Rosario 211.

Meses después, la Central Juncal y la Central Caballito fueron tasados en 4,35 y 1,66 millones de dólares. Asimismo otros inmuebles están a la venta o fueron vendidos. El edificio 24 de noviembre, ubicado en 24 de noviembre 40 fue puesto en venta por la inmobiliaria L.J. Ramos y estaría valuado en $ 5.307.750 y el Predio Don Bosco, de 99 hectáreas, ubicado en Lomas de Zamora 252, Don Bosco. Otros edificios ya fueron vendidos, como el Centro de Capacitación, ubicado en Acoyte al 700, donde actualmente existe un supermercado y la vieja central de Banfield.

En la empresa Telecom la realidad no es muy distinta. En 2002, luego de la pesificación y congelamiento de tarifas, la empresa declaró el default y al momento de negociar el Acuerdo Preventivo Extrajudicial con sus acreedores hubo que presentar las escrituras de las propiedades. El Directorio solicitó, entonces, un exhaustivo relevamiento de los inmuebles que poseían. La tarea estuvo a cargo de la entonces denominada Gerencia de Servicios Generales que declaró más de 1.300 propiedades. El Directorio ordenó un plan de acción tendiente a optimizar espacio, lo que permitió liberar cerca de 100 propiedades.

En 2006 la empresa contrató a la consultora RED para que verificara la calidad de los principales edificios y analizara su posible tasación y venta, trabajo que duró aproximadamente un año. El tema tomó tanta relevancia que la Gerencia de Servicios Generales pasó a llamarse Gerencia de Real Estate.

El informe elaboró una lista de propiedades a ser vendidas, entre las que se destacaban: Edificio Telecom, ubicado en Alicia M. de Justo 50, Central Belgrano, ubicado en Pampa y Obligado, Edificio Costanera, ubicado en Agüero y Las Heras, Edificio Golf, ubicado en Cabildo y Dorrego, predio Cramer-Conesa ubicado en Cramer y Pedraza, el Almacén Martínez, ubicado en las cercanías de Unicenter, la Tosquera de Quilmes, en condominio con Telefónica, el Telepuerto Martínez y un predio de 80 hectáreas en General Pacheco.

El Telepuerto Martínez quedó en manos de la empresa TIBA, comercializadora de señales de cable, a través de una operación de leasing. Luego se vendieron las oficinas del Ex Edificio Psinet al Grupo Clarín y la Tosquera de Quilmes a la constructora de Nicolás Caputo, en 8,1 millones de dólares en diciembre de 2007.

El resto de las propiedades están aún disponibles. El más conflictivo es el predio ubicado en General Pacheco, ya que cuando se llevó a cabo la privatización de ENTEL, en noviembre de 1990, dicho predio fue cedido por María J. Alsogaray, a Telecom y Telefónica, pese a que estaba previsto que quedara en manos de Radio Nacional. Parte de este lugar fue vendido a una empresa de desarrollo inmobiliario que construyó el barrio privado Santa Bárbara y aún quedan 80 hectáreas en disponibilidad. El informe de RED sugirió la venta pero aún no se realizó, pues se está esperando la resolución de la Justicia acerca de la disponibilidad de dicho predio.

Teniendo en cuenta que las empresas son concesionarias del servicio y que una vez finalizado sus contratos deben volver a manos del Estado, la legislación vigente prevé ciertos controles para autorizar la venta de edificios.

Es así que el decreto 62/90 sostiene:

“13.11. Régimen de los bienes afectados al servicio público.
13.11.1. Los bienes afectados a la prestación del servicio público, según lo dispuesto en los puntos 7.2.1., 7.2.2., 7.8.1., 7.9.1. y 7.9.3 del Pliego, no podrán ser vendidos, cedidos ni transferidos, por cualquier título, o gravados de ninguna forma.
13.11.2. Se exceptúan de la prohibición establecida en el punto 13.11.1., los actos que previamente autorice la Autoridad Regulatoria. Para la autorización se deberá evaluar, además de lo que corresponda, si el bien afectado al servicio es imprescindible para, o afecta sustancialmente, la prestación del servicio.
13.11.3. Los actos realizados por las Sociedades Licenciatarias, la S.P.S.I. o la S.S.E.C., en contravención a lo dispuesto en los puntos 13.11.1. y 13.11.2., serán nulos de nulidad absoluta e inoponibles a todos los efectos de la prestación del servicio.“

De este modo queda claro que las ventas deben ser autorizadas por la autoridad regulatoria y justificada mediante serias evaluaciones su utilidad pública.

Es por ello que, ante las ventas o puestas en venta o los informes que en ambas empresas recomiendan ventas de edificios y centrales de alto valor histórico e inmobiliario solicitamos a la autoridad regulatoria informe a esta Cámara los motivos por los cuales autorizó las mismas y los criterios de evaluación que ha utilizado para ello.