APLICACIÓN DE NUMERO IDENTIFICATORIO EN AUTOPARTES DE VEHICULOS


Artículo 1° – Se dispone la obligatoriedad de aplicar un número identificatorio a las distintas autopartes y piezas que componen un vehículo automotor.

Artículo 2º – Se encomienda a la Secretaría de Industria, Comercio y Pyme elaborar un listado de autopartes y/o piezas de vehículos, que en función de su valor y frecuencia de reemplazo, corresponda aplicarles un número identificatorio.

Articulo 3º - Dicha Secretaría dispondrá cuál será la metodología apropiada para colocar el numero identificatorio.

Articulo 4º - Dichos números identificatorios integraran los datos incluidos en el Titulo Automotor, en virtud de lo dispuesto por el articulo 20 inc c) del decreto ley 6582/58 (t.o. por decreto 1114/97) sobre el Régimen Jurídico del Automotor.

Articulo 5º - Dichas piezas debidamente identificadas formaran parte indivisible del automotor hasta su baja en los términos del articulo 2 de la Ley 25761 sobre Régimen Legal para el desarmado de Automotores y venta de sus autopartes.

Articulo 6º - Se faculta a la Secretaría de Industria, Comercio y Pyme, a dictar las normas reglamentarias para dar cumplimiento a la presente ley en materia de importación de autopartes y automotores.

Artículos 7º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.




Fundamentos

Sr. Presidente,

Motiva el presente proyecto de ley el constante crecimiento en todo el territorio nacional del robo de automotores. Muchos de estos delitos se vienen cometiendo además con diversas consecuencias físicas para los ciudadanos; es decir que no se trata sólo de una pérdida material, sino que algunos casos han finalizado trágicamente.

En las ciudades grandes de nuestro país, donde son más frecuentes estos delitos, los asaltos se producían fundamentalmente cuando las unidades estaban solas, pero en la actualidad son cada vez más comunes los atracos en plena vía pública o en la entradas a los domicilios de los dueños de las unidades, sin importar la hora o el día, lo que conlleva a un riesgo mucho mayor por que crecen los posibilidades de que las víctimas involucradas sufran violencia física. Esta claro también que el crecimiento de estos ilícitos tienen una estrecha relación con la comercialización de los vehículos sustraídos como repuestos usados o autopartes.

La presente norma tiene como objetivo extender la obligatoriedad de aplicar un código identificatorio a una gran parte de las partes que componen un vehiculo. Asimismo, que dichas partes identificadas, pasen a formar parte integrante de los datos incluidos en el Titulo Automotor transformando al vehiculo y sus partes componentes en una unidad indivisible.

De esta manera se intenta poner una serie de escollos y condicionamientos a la venta ilegal de autopartes que se aspira opere de manera disuasoria para los delincuentes.

Esta norma además se complementa con Ley 25761 sobre Régimen Legal para el desarmado de Automotores y venta de sus autopartes.

Por las razones antes expuestas, es que pongo este proyecto a disposición de mis pares y les solicito que me acompañen en este proyecto.


 

1977