Sr. Raimundi.- Señor presidente: si bien acompañaremos este proyecto, ello no quita que hagamos algunas consideraciones y un aporte concreto que aunque ya ha sido incorporado al soporte informático de esta Cámara, entregaremos en mano a la Presidencia de la comisión.

                Hay dos planos de análisis que convergen, que no son incompatibles, y ayudaría muchísimo si los legisladores nos comprometiésemos a profundizar en el tema en el seno de la comisión a partir del año que comienza.

                Uno de esos planos es el de la equidad. Creo que se ha comprendido la equivocación de la señora presidenta de la Nación cuando, al anunciar esta medida la semana pasada, dijo que se trataba de un impuesto regresivo. Este no es un impuesto regresivo, sino distorsivo, que es diferente. Es distorsivo por lo que todos sabemos, tal como acaba de señalar la señora diputada Sesma.

                Pero teniendo en cuenta que nos estamos refiriendo al segmento más elevado de la masa salarial, debo advertir que no estamos atacando la cuestión impositiva de fondo. Para atacar la cuestión regresiva sobre la masa salarial habría que considerar el tema del IVA; sobre 100 pesos que cobra un trabajador, en realidad está cobrando 79, ya que 21 corresponden a la recaudación de ese impuesto.

                Aquí tenemos una cuestión que se vincula con la coyuntura de esta crisis. El trabajador que se encuentra en la parte más baja de la pirámide aporta todo a consumo, que es lo que genera actividad económica. Esta eliminación que se propone –y que vamos a acompañar- tiene mayor tendencia a ir al ahorro, y en una Argentina como en la que estamos, el ahorro significa compra de dólares. De modo que esto no tiene un efecto anticrisis sino procrisis.

                Dicho esto en relación con el tema de la equidad, pasemos ahora al plano de la recaudación. Si lo que aquí se persigue es eliminar el efecto distorsivo, lo que hay que plantear no es derogar lisa y llanamente este mecanismo, sino sustituirlo por otro que haga que, cuando se incrementa el salario, se tribute sobre la diferencia. Entonces no habría ningún riesgo de que un eventual aumento salarial fuera a parar en su totalidad a impuesto y termine así licuando ese aumento para el trabajador.

                Por otro lado, si vamos a atacar el impuesto a las ganancias es necesario plantearse el tema de la alícuota fija, porque un aspecto vinculado con la relación entre ganancias y equidad tiene que ver con fijar alícuotas más altas a medida que mayores son las ganancias sobre las cuales se tributa. Esto es lo que ocurre en los países más desarrollados y que tienen las estructuras tributarias más sanas del mundo. En Chile, la alícuota marginal es del 40 por ciento -superior a la de nuestro país-, pero en el caso de los menores ingresos esa alícuota es inferior. No se aplica una alícuota fija del 35 por ciento. En España, la alícuota marginal es del 43 por ciento, y en los países escandinavos ese porcentaje es aun mayor.

                Por otra parte, nosotros tenemos una ley de impuesto a las ganancias que apunta a las actividades estrictamente productivas y no a las financieras ni a las de las industrias extractivas. Ustedes podrán decir que la actividad extractiva también es productiva, pero depende, porque hay una parte de ella que no está vinculada con la actividad de la empresa que tributa sino con las condiciones objetivas del mercado interno y externo. Entonces, la alícuota extraordinaria del sector extractivo no tiene que ver con la actividad empresaria sino con el mercado financiero, y ahí es donde hay que incluirlo entre las empresas que deben tributar.

                Asimismo, debe intensificarse el cobro sobre las ganancias de las personas por encima de las empresas, ya que ello implicaría plantear un impuesto a las ganancias desde la filosofía de gravar la renta personal y no la actividad productiva en sí misma.

                Creo que esto mismo habría que trasladarlo al monotributo, una asignatura que está pendiente. Me refiero a la vinculación entre el sistema tributario y el sistema productivo, ya que esta misma distorsión causada por los sucesivos aumentos que tuvo la economía argentina se advierte perfectamente y hasta con más nitidez en el caso del monotributo. Pequeñísimos empresarios que debido a la inflación hoy facturan en un nivel que no los convierte en mayores empresarios, se ven obligados a cambiar de categoría en este sistema. Conversamos esta cuestión con el doctor Moroni, cuando concurrió a esta comisión durante el tratamiento de otro proyecto, y nos dijo que se estaba estudiando una reforma integral de ese sistema.

 

                Finalmente, quiero señalar dos cuestiones. Una de ellas es que tal vez una economía que entró en un ritmo de recuperación inflacionaria normal en virtud del crecimiento ‑no incluyamos en esto otros factores-, no debería tener leyes que establezcan cifras nominales sino mecanismos automáticos de actualización. Ello, para no tener que modificar la ley cada vez que haya un punto más de inflación y se produzcan distorsiones de este tipo.

                Como corolario de todo lo que estoy diciendo,  quiero entregar el proyecto 3.340-D.-2008, que firmaron el señor diputado Macaluse, quien habla y las señoras diputadas Benas y Bisutti, que tiene seis artículos.

                El artículo 5º, precisamente, modifica el artículo 23 de la ley de Impuesto a las Ganancias, que es lo que estamos tratando hoy; el artículo 1º incorpora al artículo 2º de la ley de Impuesto a las Ganancias los incrementos patrimoniales originados en la compra-venta de empresas, de los paquetes accionarios de sociedades por acciones y de las cuartas partes de sociedades de responsabilidad limitada; el artículo 2º grava las transferencias de títulos públicos originadas en conversiones obligatorias de activos financieros; el artículo 3º grava los beneficios alcanzados por la ley de impuesto a los premios de determinados juegos y concursos deportivos, y el artículo 4º se refiere a la eliminación de los aspectos distorsivos del artículo 23. Precisamente, eso es lo que hoy estamos tratando, a nuestro juicio de manera incompleta pese a que lo vamos a aprobar. Entendemos que el proyecto en consideración está hecho con un efecto muy coyuntural y nos parece que amerita un estudio más profundo.

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